Pacientes
Derechos y Deberes

 de los Pacientes

CONOZCA SUS DERECHOS Y DEBERES EN SALUD

  1. Ser atendidos digna y amablemente, sin distinción de sexo, etnia, edad, idioma, religión, corrientes políticas, cultura, posición social o económica, respetando sus creencias y costumbres, así como las opiniones personales que tenga sobre la enfermedad que sufre.

  2. Recibir atención inicial de urgencias sin ningún tipo de restricción.

  3. Escoger su Médico de acuerdo con las posibilidades ofrecidas por el Hospital, excepto en los casos de urgencia.

  4. Establecer con el Equipo de Salud una comunicación clara y acorde con su cultura y su nivel educativo, de tal manera que pueda tener una buena y adecuada información acerca del estado de su salud, pronóstico y el tratamiento que se propone para su mejoramiento y los riesgos que el mismo puede conllevar.

  5. Prescindir de los servicios de un profesional siempre y cuando tenga completa facultad mental para hacerlo, excepto en los casos donde se ponga en riesgo su vida.

  6. Recibir los servicios de salud con los criterios de calidad acorde a las condiciones técnicas, profesionales y económicas del hospital.

  7. Obtener del personal de salud la dedicación del tiempo suficiente y estimado por la institución para cada actividad.

  8. Tener su Historia Clínica personal, a exigir que el acto médico se registre en ella, a que se custodie bajo la reserva y seguridad que exigen las normas sobre la materia y a que los registros o formatos se escriban con letra legible o se digiten en forma completa, clara y precisa cuando se usa la historia clínica electrónica.

  9. Exigir que el personal de salud le informe y explique cuáles son los efectos adversos de sus medicamentos y/o procedimientos a los que es sometido y aclare todas las dudas sobre estos. El paciente debe saber que medicamento se le está aplicando, para qué se utiliza y qué reacción va a tener de forma inmediata o tardía.

  10. Ser atendido sin ningún pago anticipado, tipo de afiliación o condición en caso de urgencias.

  11. Solicitar al personal de salud que se convoque a Junta Médica en los casos en que existan diferencias de criterios o solicitar una tercera opinión sobre su estado de salud.
  12. Recibir todas las prescripciones médicas por escrito. En casos de pacientes internados o en sala de urgencias, en el formato de Órdenes médicas y en pacientes ambulatorios en el recetario oficial de la institución. La prescripción debe tener la firma del profesional que la ordena y el sello en donde se especifique la profesión, el registro profesional y su número de identificación.
  13. Recibir información sobre los actos médicos relevantes para el paciente en forma clara, completa y en un lenguaje sencillo de tal manera que pueda ser entendido fácilmente teniendo en cuenta su nivel cultural y grado de educación a fin de dar su consentimiento para la realización.
  14. Recibir información acerca de los costos de los respectivos tratamientos y procedimientos médicos y en caso de urgencia no se podrá condicionar la atención al pago de los mismos.
  15. Cuándo se trate de pacientes con enfermedades irreversibles terminales o crónicas sin posibilidad de mejoría a recibir la mejor asistencia médica posible, respetando sus deseos.
  16. Morir dignamente y a que se le respete su voluntad de permitir que el proceso de la muerte siga su curso natural en la fase terminal de su enfermedad.
  17. Recibir o rechazar apoyos espiritual o moral cualquiera que sea el culto religioso que profesa.
  18. Presentar quejas reclamos o sugerencias de manera respetuosa en el sistema de atención al usuario cuando su propio criterio lo considere necesario y recibir respuesta de parte de la institución.

DEBERES DE LOS PACIENTES

1. Identificarse con los documentos que exige la normatividad para solicitar cualquier servicio, excepto en los casos de urgencias vitales. En todo caso, el documento oficial para identificación de una persona es el registro civil, la tarjeta de identidad y la cédula de ciudadanía según el grupo de edad.

2. Respetar al personal de salud y ofrecer un trato digno, amable y amistoso con todos los funcionarios que tienen que ver con el servicio que demanden.

3. Seguir de manera estricta las recomendaciones que el Equipo de Salud le formule como parte del manejo de su enfermedad o como recomendación en el estilo de vida, dieta o cualquier otro habito que busque el beneficio o complemente su manejo.

4. Cumplir con las acciones educativas de Promoción de la Salud y Prevención de las enfermedades y las actividades de protección especifica que el Equipo de salud le asigne o programe.

5. Cumplir con la cita asignada según las indicaciones que para ello haya recibido.

6. Vestir prendas adecuadas y limpias para ingresar a la institución, no estar en estado de embriaguez ni bajo el efecto de sustancias psicoactivas, excepto en situaciones de emergencias.

COMO DEBE SER SU COMPORTAMIENTO MIENTRAS PERMANECE DENTRO DE LA INSTITUCIÓN

  1. El paciente los empleados y trabajadores del hospital no podrán ingresar mascotas o animales a la institución.
  2. No ingresar ningún tipo de arma de fuego, cortopunzantes o de cualquier otro tipo a las instalaciones del hospital excepto cuando se trata de personas de las fuerzas armadas o policías en cumplimiento de sus deberes.
  3. Los usuarios empleados o trabajadores del hospital no podrán fumar o usar sustancias psicoactivas ni bebidas alcohólicas mientras permanecen dentro de la instalaciones del hospital ni tampoco podrán presentarse a laboral bajo efectos de los mismos.
  4. Los empleados y trabajadores del hospital no podrán traer acompañantes o familiares en horarios de trabajo cuando su permanece altere el normal el desempeño de las funciones o el desarrollo de la misión institucional.
  5. Ningún empleado trabajador del hospital podrá ingresar a las instalaciones del mismo fuera del horario normal excepto en los casos en donde se haya dado autorización o cuánto se esté en cumplimiento de tareas encomendadas por parte de la administración.
  6. Ningún empleado trabajador del hospital podrá dedicarse a realizar actividades no permitidas en las instalaciones del hospital o en las porterías tales como la venta de productos cualesquiera que sea su naturaleza o la venta de rifas o alimentos.